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Infracciones que quitan puntos: tabla por gravedad

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Este artículo ha sido generado por inteligencia artificial y publicado sin una revisión humana exhaustiva.

Las infracciones que restan puntos se recogen en el anexo II de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. La pérdida puede ser de 2, 3, 4 o 6 puntos, según la conducta y su gravedad. La multa económica y la retirada de puntos no son siempre equivalentes.

  • El uso manual del teléfono durante la conducción supone 6 puntos y 200 euros.
  • No utilizar cinturón, casco o un sistema de retención infantil puede implicar 4 puntos y 200 euros.
  • Las infracciones por alcohol, drogas, velocidad o conducción temeraria pueden alcanzar 6 puntos.
  • El saldo real debe comprobarse en la sede electrónica antes de calcular una recuperación.

Esta guía se dirige a conductores que necesitan interpretar una notificación o conocer las penalizaciones asociadas a las infracciones más habituales en España. No explica cómo recurrir una sanción concreta: si se plantea recurso, la notificación recibida, la DGT y un abogado son las referencias adecuadas para revisar plazos, pruebas y alegaciones.

Qué infracciones de tráfico quitan más puntos del permiso

La escala de pérdida de puntos no se ordena únicamente por el importe de las multas. Una conducta sancionada con 200 euros puede retirar 4 o 6 puntos, mientras que otras sanciones económicas relevantes no afectan al crédito de puntos. La diferencia está en el riesgo que las leyes atribuyen a cada comportamiento durante la conducción.

El anexo II del Real Decreto Legislativo 6/2015, en su versión consolidada consultada el 24 de junio de 2026, identifica de forma expresa las conductas que llevan aparejada pérdida de puntos. El texto legal usa el sistema de puntos como una consecuencia administrativa adicional a la sanción económica cuando existe peligro objetivo para la seguridad vial.

La máxima pérdida ordinaria es de 6 puntos. En este grupo se sitúan, entre otras conductas, conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil, superar determinados umbrales de velocidad, circular con presencia de drogas en el organismo, superar las tasas más elevadas de alcohol y realizar una conducción temeraria.

El teléfono móvil merece una lectura precisa. La norma distingue entre utilizar manualmente un dispositivo y otras distracciones que puedan valorarse de manera distinta según los hechos. Sujetar el teléfono con la mano mientras se conduce lleva asociada una multa de 200 euros y la pérdida de 6 puntos, conforme al artículo 76.g y al anexo II de la ley, consultados el 24 de junio de 2026.

También restan 6 puntos conductas como arrojar a la vía o a sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios, accidentes u obstaculizar la circulación. Una colilla lanzada desde un vehículo puede encajar en este supuesto si genera ese riesgo. La cuantía habitual vinculada a esta infracción es de 500 euros, pero la calificación depende de los hechos incluidos en la denuncia.

La conducción temeraria se mueve en un terreno especialmente delicado. El anexo II contempla la retirada de 6 puntos, pero la conducta también puede tener consecuencias penales cuando se dan los requisitos previstos en el Código Penal. La frontera entre una infracción administrativa y un posible delito no se resuelve con una tabla general; la fijan los hechos, las pruebas y el procedimiento aplicable.

El exceso de velocidad requiere consultar su propio baremo. No toda superación del límite resta puntos, y las penalizaciones cambian según el límite de la vía y la velocidad captada. La DGT publica la relación de tramos en su información sobre las principales infracciones de tráfico, revisada junto con la normativa el 24 de junio de 2026.

La gravedad, por tanto, no se deduce solo del importe. Dos sanciones de 200 euros pueden producir efectos muy distintos sobre el permiso. Antes de pagar o planificar una recuperación, debe identificarse el precepto citado en la notificación y comprobar si figura pérdida de puntos.

La pérdida de puntos no se aplica en el momento de la denuncia

Los puntos no desaparecen del saldo por el simple hecho de recibir una denuncia en carretera o una notificación en el domicilio. La pérdida se produce cuando la sanción es firme en vía administrativa, según el artículo 64 del Real Decreto Legislativo 6/2015, versión consolidada consultada el 24 de junio de 2026.

Este detalle cambia la lectura de una tabla de sanciones. El importe puede abonarse con reducción cuando concurren los requisitos del procedimiento abreviado, pero ese pago tiene efectos sobre la posibilidad de formular alegaciones. La retirada de puntos se vincula a la firmeza de la sanción y no a una estimación hecha a partir de la conducta descrita.

La consulta del saldo permite distinguir entre puntos previstos y puntos ya detraídos. Puede hacerse mediante los sistemas de identificación admitidos por la sede electrónica. La guía para consultar los puntos en la DGT describe el recorrido práctico para verificar el crédito disponible antes de tomar decisiones sobre cursos o trámites.

Una tabla sirve para orientarse, pero no sustituye la resolución ni el expediente. Si la descripción de la infracción, la identificación del conductor o la fecha de notificación plantean dudas, corresponde revisar la documentación recibida. En un recurso concreto, la respuesta depende del procedimiento y de los plazos que consten en esa notificación.

Tabla de infracciones, multas y puntos según la gravedad

La siguiente tabla reúne infracciones frecuentes que llevan asociada pérdida de puntos. Las cantidades y los puntos se han contrastado con el anexo II y con los artículos 76 y 77 del Real Decreto Legislativo 6/2015, versión consolidada del BOE consultada el 24 de junio de 2026. Los importes pueden variar cuando concurren circunstancias específicas o cuando la conducta se integra en otro tipo sancionador.

Infracción Pérdida de puntos Multa habitual Referencia normativa
Utilizar sujetando con la mano un teléfono móvil 6 puntos 200 euros Artículo 76.g y anexo II
Conducir con presencia de drogas en el organismo 6 puntos 1.000 euros Artículo 77.c y anexo II
Superar la tasa de alcohol superior a 0,50 mg/l en aire espirado 6 puntos 1.000 euros Artículo 77.c y anexo II
Arrojar objetos que puedan provocar incendios, accidentes u obstáculos 6 puntos 500 euros Artículo 77.n y anexo II
Conducción temeraria 6 puntos 500 euros Artículo 77.e y anexo II
No respetar un semáforo en rojo, una señal de STOP o una prioridad 4 puntos 200 euros Artículo 76.c y anexo II
No usar cinturón, casco o sistema de retención infantil 4 puntos 200 euros Artículo 76.h y anexo II
Alcohol entre 0,25 y 0,50 mg/l en aire espirado 4 puntos 500 euros Artículo 77.c y anexo II
Llevar instalados mecanismos de detección de radares 3 puntos 500 euros Artículo 77.h y anexo II

El detector de radares debe separarse de otros dispositivos. La normativa sanciona llevar instalados mecanismos de detección de radares o cinemómetros con 500 euros y 3 puntos. La simple información sobre la ubicación de controles, cuando no existe un mecanismo de detección instalado, pertenece a un supuesto distinto y exige leer con exactitud el precepto aplicado.

La ITV caducada también ilustra por qué no se deben mezclar multas y puntos. Circular sin la inspección técnica vigente puede sancionarse con 200 euros, pero no figura en el anexo II como infracción que retire puntos. Lo mismo ocurre con muchas sanciones administrativas: afectan al bolsillo, pero no modifican el saldo del permiso.

Circular sin seguro obligatorio tampoco aparece en el anexo II como pérdida automática de puntos. Las multas en esta materia pueden oscilar entre 601 y 3.005 euros, conforme al artículo 3 del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor y a su régimen sancionador. La cuantía concreta depende de circunstancias como la categoría del vehículo, el servicio o el tiempo sin cobertura.

Las sanciones por semáforo, STOP y prioridad se agrupan porque protegen una misma obligación: respetar la regulación del paso. Saltarse una luz roja o no detenerse ante un STOP se castiga habitualmente con 200 euros y 4 puntos. La prueba empleada y la descripción de los hechos pueden ser relevantes si se discute la sanción en el procedimiento correspondiente.

La tabla debe leerse como un cruce entre conducta, importe y saldo. No permite anticipar una resolución individual ni calcular por sí sola el número definitivo de puntos disponibles. Para eso hay que partir de las sanciones firmes que consten en el registro del conductor.

Cómo se clasifican las sanciones leves, graves y muy graves

Las infracciones de tráfico se clasifican legalmente como leves, graves y muy graves. Esta clasificación aparece en los artículos 75, 76 y 77 del Real Decreto Legislativo 6/2015, versión consolidada consultada el 24 de junio de 2026. La pérdida de puntos se regula de forma complementaria en el anexo II, por lo que ambos textos deben leerse juntos.

Las infracciones leves suelen sancionarse con hasta 100 euros, salvo que una norma concreta fije otra cuantía. Muchas no llevan puntos porque no están incluidas en el anexo II. Una falta leve puede requerir corrección administrativa o afectar a obligaciones documentales, pero no implica automáticamente una reducción del crédito de puntos.

Las infracciones graves se sancionan, con carácter general, con 200 euros. En este grupo se encuentran conductas muy conocidas, como no utilizar correctamente el cinturón, no respetar determinadas señales o emplear manualmente un teléfono móvil. La gravedad jurídica no significa que todos los supuestos tengan la misma retirada de puntos.

Las muy graves tienen una multa general de 500 euros, aunque existen excepciones con cuantías superiores. La conducción temeraria, determinadas conductas relacionadas con alcohol o drogas y el uso de inhibidores de radares se sitúan entre las infracciones que pueden alcanzar esta categoría. Algunas incorporan pérdida de puntos y otras generan además consecuencias administrativas adicionales.

El importe económico y el saldo siguen reglas distintas

La clasificación legal sirve para determinar el marco sancionador, pero no basta para calcular las penalizaciones del permiso. Un ejemplo claro está en la alcoholemia. Conducir con una tasa superior a 0,25 y hasta 0,50 mg/l de alcohol en aire espirado lleva normalmente 500 euros y 4 puntos, mientras que superar 0,50 mg/l puede implicar 1.000 euros y 6 puntos.

Cuando se detecta alcohol o drogas, también importa quién conduce. Para conductores profesionales y titulares de permisos con menos de dos años de antigüedad se aplican límites de alcohol más bajos. Esa diferencia afecta a la infracción apreciable, aunque la tabla de puntos se consulta después en el anexo II y en la resolución sancionadora.

La reincidencia puede elevar la multa por alcohol. El artículo 77.c prevé 1.000 euros para quien sea sancionado por conducir con alcohol en el año inmediatamente anterior, incluso sin llegar al tramo de tasa más alto. Los puntos deben verificarse según el supuesto exacto que haya quedado acreditado.

Existen situaciones que no deben tratarse como simples multas. La conducción bajo la influencia de alcohol o drogas, la negativa a someterse a pruebas legalmente requeridas o la conducción a velocidades extremas pueden entrar en el ámbito penal. Cuando una notificación menciona diligencias judiciales, atestado o citación judicial, la tabla administrativa ya no ofrece una respuesta suficiente.

La normativa también diferencia entre detector e inhibidor de radares. Llevar instalado un inhibidor es una infracción muy grave que puede sancionarse con 6.000 euros, además de otras consecuencias previstas para instaladores u operadores. La retirada de puntos asociada al conductor debe comprobarse en el anexo II y en el acto sancionador aplicable.

El resultado práctico es claro: el encabezado de una denuncia como grave o muy grave no permite deducir, sin más, el saldo que quedará. Se debe localizar la conducta concreta, el artículo invocado, la cifra de puntos y la fecha de firmeza. Esa secuencia evita sumar puntos sobre multas que todavía no los han generado.

Cuántos puntos se tienen y cuándo se pierde la vigencia del permiso

El permiso por puntos funciona mediante un crédito inicial. Quienes obtienen por primera vez un permiso parten de 8 puntos; los conductores con antigüedad suficiente pueden disponer de 12, 14 o 15 puntos, según su historial. El artículo 64 de la Ley sobre Tráfico, versión consolidada consultada el 24 de junio de 2026, fija este régimen.

Al alcanzar cero puntos no se anula físicamente el documento, pero se declara la pérdida de vigencia de la autorización administrativa para conducir. Conducir después de haber sido notificada esa pérdida de vigencia puede tener consecuencias mucho más serias que una sanción ordinaria. La DGT debe tramitar y notificar el procedimiento antes de que produzca sus efectos.

Un titular novel que parte de 8 puntos puede llegar a 12 puntos tras dos años sin infracciones que comporten pérdida de puntos. A partir de ahí, el crédito puede subir progresivamente hasta 15 puntos con los periodos sin sanciones que establece el artículo 64. El saldo no aumenta por haber pagado multas sin puntos ni por cumplir un número de kilómetros conducidos.

La recuperación automática después de una detracción sigue otra lógica. Si durante 2 años no se cometen infracciones que supongan pérdida de puntos, se recupera el crédito inicial que correspondía. El plazo se amplía a 3 años cuando la pérdida se produjo por una infracción muy grave, según el artículo 64.5, consultado en el BOE el 24 de junio de 2026.

Este cálculo no debe hacerse de memoria cuando existen varias sanciones cercanas en el tiempo. Una multa notificada en una fecha, recurrida o abonada en otra, y declarada firme más tarde puede alterar el orden de los hechos. La sede electrónica muestra el saldo operativo, mientras que la notificación y el expediente aclaran el origen de cada anotación.

Un ejemplo numérico para entender el umbral de cero puntos

Puede plantearse una hipótesis sencilla con un conductor que dispone de 12 puntos. Si una sanción firme por teléfono móvil resta 6 puntos y otra por no utilizar cinturón resta 4 puntos, el saldo resultante sería de 2 puntos. No se pierde la vigencia hasta llegar a cero, pero el margen restante es muy reducido.

Si posteriormente se hiciera firme una sanción de 4 puntos por no respetar una señal de STOP, el saldo aritmético pasaría de 2 a cero. No obstante, la pérdida de vigencia requiere el procedimiento administrativo y su notificación. No debe suponerse que se puede seguir conduciendo hasta recibir una nueva multa.

La sede de la DGT permite consultar el saldo, pero el certificado de puntos es un trámite distinto cuando se necesita acreditar formalmente la situación ante una entidad. La consulta sirve para información personal; el certificado se solicita por el procedimiento específico disponible en la sede electrónica y tiene el alcance documental que fija la propia DGT.

Las sanciones simultáneas también exigen prudencia. El orden de firmeza, la posible acumulación de hechos y la identificación del conductor influyen en el registro. Si el saldo mostrado no coincide con los cálculos personales, debe revisarse el detalle de las sanciones y, si procede, plantear la consulta ante Tráfico o asesoramiento jurídico.

La finalidad del sistema no es sustituir la lectura de cada expediente. Permite visualizar el efecto acumulado de infracciones distintas, pero cada retirada de puntos necesita una base legal y una resolución firme. El dato más útil para actuar es siempre el saldo oficial que figura en el registro.

Cómo recuperar puntos después de sanciones firmes

La recuperación de puntos puede producirse por el transcurso del tiempo sin nuevas infracciones con detracción o mediante un curso de sensibilización y reeducación vial. El régimen se apoya en el artículo 64 de la Ley sobre Tráfico y en la regulación específica de los cursos, revisada en el BOE el 24 de junio de 2026.

El curso de recuperación parcial tiene una duración de 10 horas y permite recuperar hasta 4 puntos, sin superar el crédito máximo que corresponda al conductor. Con carácter general puede realizarse una vez cada 2 años; quienes sean conductores profesionales pueden hacerlo cada 1 año. Estas reglas se recogen en el artículo 64.7 del texto consolidado.

La recuperación parcial no resuelve una pérdida de vigencia ya declarada por haber llegado a cero. Su utilidad aparece antes de alcanzar ese umbral, cuando se mantienen puntos disponibles y se cumplen las condiciones para realizar el curso. El número recuperable no depende de una estimación de multas futuras, sino del saldo firme existente.

Cuando se ha perdido la vigencia por agotamiento del crédito, el itinerario es diferente. Debe transcurrir el plazo de privación fijado legalmente, realizarse un curso de recuperación total de 20 horas y superarse una prueba de control de conocimientos. Para conductores no profesionales, el plazo general previo es de 6 meses; para profesionales es de 3 meses, según el artículo 64.7 consultado el 24 de junio de 2026.

La prueba posterior al curso total no equivale al examen completo para obtener por primera vez el permiso B. Es una prueba de control de conocimientos vinculada a la recuperación de la autorización. Su contenido, convocatoria y requisitos deben revisarse en la información vigente de la DGT antes de pagar el curso o pedir fecha.

También existe la posibilidad de realizar cursos de conducción segura y eficiente que permiten recuperar hasta 2 puntos, dentro de los límites y condiciones establecidos reglamentariamente. Esta vía no sustituye al curso de recuperación total ni permite sobrepasar el saldo máximo. La disponibilidad depende de centros autorizados y de la programación existente en cada momento.

Qué comprobar antes de inscribirse en un curso de recuperación

Primero debe verificarse el saldo mediante la sede electrónica y comprobarse si las sanciones están firmes. Hacer un curso parcial cuando ya se ha iniciado un procedimiento de pérdida de vigencia no produce el mismo efecto que hacerlo con puntos todavía disponibles. El momento administrativo importa tanto como el número de puntos.

  1. Revise el saldo de puntos y el detalle de las sanciones registradas en la sede de la DGT.
  2. Compruebe la fecha de firmeza de cada penalización que haya reducido el crédito.
  3. Distinga entre recuperación parcial, recuperación por transcurso del plazo y recuperación total tras pérdida de vigencia.
  4. Confirme la duración, el centro autorizado y las condiciones de la convocatoria antes de formalizar el curso.
  5. Si existe desacuerdo con la sanción, consulte la notificación y valore asesoramiento jurídico dentro del plazo indicado.

Las tarifas de los cursos no se fijan en esta tabla porque pueden depender del centro autorizado y de la regulación aplicable en cada momento. El precio de una multa tampoco permite calcular el coste total de recuperar el permiso. Deben separarse la sanción económica, los puntos retirados, los plazos administrativos y el eventual curso.

Las infracciones de tráfico tienen efectos distintos según el historial de cada conductor. La tabla identifica el marco estatal de puntos, pero la consulta oficial aclara el saldo disponible y la notificación fija el procedimiento aplicable. Si la cuestión afecta a una suspensión, a una retirada o a un recurso, debe atenderse al expediente concreto y solicitar orientación jurídica cuando sea necesaria.

Preguntas sobre multas, gravedad y pérdida de puntos

¿Qué infracción quita 6 puntos?

Entre las conductas que pueden retirar 6 puntos están sujetar un teléfono móvil durante la conducción, conducir con presencia de drogas, superar determinados niveles de alcohol, la conducción temeraria y arrojar objetos que generen riesgo en la vía. La referencia es el anexo II del Real Decreto Legislativo 6/2015, consultado el 24 de junio de 2026.

¿La ITV caducada quita puntos?

Circular con la ITV caducada puede conllevar una multa de 200 euros, pero no figura como infracción con pérdida de puntos en el anexo II de la Ley sobre Tráfico. Debe revisarse siempre la calificación concreta de la denuncia.

¿Cuántos puntos se pierden por no llevar cinturón?

No utilizar el cinturón de seguridad, el casco o el sistema de retención infantil cuando corresponde supone habitualmente una multa de 200 euros y la pérdida de 4 puntos. La conducta figura en el artículo 76.h y en el anexo II del Real Decreto Legislativo 6/2015.

¿Se pueden recuperar puntos sin examen?

El curso de recuperación parcial dura 10 horas y permite recuperar hasta 4 puntos sin examen, dentro de las condiciones legales. Si se ha perdido la vigencia por llegar a cero puntos, se exige un curso total de 20 horas y una prueba de control de conocimientos.

¿Dónde se ve el saldo real de puntos?

El saldo operativo se consulta en la sede electrónica de la DGT mediante los sistemas de identificación admitidos. Para un caso concreto, la información relevante es la que figure en el registro y en las notificaciones de sanciones firmes.